Trámites Personal Administrativo
El Programa de Estímulo a la Productividad y Eficiencia al Personal Administrativo consiste en otorgar un estímulo económico al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación Media Superior y Superior, que cumpla con los requisitos establecidos en la convocatoria. Este estímulo no forma parte de las percepciones ordinarias ni permanentes y puede otorgarse o no según la evaluación obtenida.
Glosario:
- Personal Administrativo: Es definido como el Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación.
Requisitos:
- Este trámite se inicia en el Centro de Trabajo.
- Presentar solicitud de inscripción al Programa de Estímulos a la Productividad y Eficiencia en la fecha establecida, dirigido a la Coordinación Administrativa si se trata de Áreas Centrales o a las Direcciones en caso de los planteles educativos, según corresponda, en los periodos que marca la convocatoria.
- Haber laborado ininterrumpidamente durante el año evaluado en algún centro de trabajo de los Subsistemas Centrales de la SEP.
- Que el trabajador haya prestado sus servicios durante el período evaluado en algún centro de trabajo de los subsistemas Centrales de la SEP incorporados a las Instituciones de Educación Media Superior y Superior.
- Obtener la calificación necesaria en la evaluación, conforme al puntaje establecido.
- El personal no deberá incurrir en ninguna inasistencia injustificada durante el período evaluado.
Tiempo estimado de respuesta: 60 días
Observaciones:
El responsable del Centro de Trabajo al que se encuentra adscrito el trabajador interesado, turnará la solicitud al Auxiliar Administrativo de la DGETI en el Estado correspondiente, para oficializar el trámite ante el Órgano Central.
Datos del contacto:
Coordinación Administrativa/Recursos Humanos/Prestaciones.
Horario de atención: Lunes – Viernes de 9:00 a 17:00 hrs.
Correo electrónico: prestaciones@dgeti.sems.gob.mx
Teléfono:(55) 36 01 10 00 y 36 00 43 50
Extensión: 60705
El Estímulo por Antigüedad es el reconocimiento que se otorga al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación del Catálogo de Puestos que acredite antigüedad por 10, 15, 20, 35 45 años de servicio efectivo, en la Secretaría de Educación Pública.
Para obtener el Estímulo por Antigüedad, se requiere que, al momento de solicitarlo, los interesados acrediten encontrarse desempeñando una plaza con funciones administrativas.
El Premio Nacional de Antigüedad en el Servicio Público, es el reconocimiento que hace la Secretaría de Educación Pública al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación del Catálogo Institucional de Puestos, así como a los Servidores Públicos de Mando y Homologados que acrediten antigüedad por 25, 30,40 y 50 años de Servicio Efectivo en la mencionada Secretaría, o que acumulen dichas antigüedades, considerando los periodos de servicio efectivo prestado en Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal.
Estos trámites se inician en los Centros de Trabajo, una vez que la Oficialía Mayor del Ramo emita las convocatorias correspondientes, en las que se indican el tiempo y los requisitos que se deberán cubrir.
Glosario:
- FUP: Formato Único de Personal.
- CNT: Constancia de Nombramiento del Trabajador. (Antes FUP)
Requisitos (este trámite se realiza en el Centro de Trabajo):
- Relación de personal acreedor al estímulo o premio, debidamente requisitada y autorizada por la Autoridad del Plantel y/o el Auxiliar Administrativo de la DGETI en el Estado correspondiente.
- Solicitud correspondiente al Estímulo por Antigüedad o al Premio Nacional de Antigüedad en el Servicio Público debidamente firmada y con Sello de Acuse de Recibido. Debe atenderse que el Nombre del Trabajador venga con mayúsculas, minúsculas y acentos, y que la firma del trabajador coincida con la firma registrada en la Identificación oficial que anexan.
- Ultimo talón de pago.
- Copia de la CURP.
- 1er. nombramiento ilimitado, en caso de estar limitado anexar continuidad(es), y sí laboraron en otra dependencia, anexar Hoja de Servicios.
- Constancia(s) de Servicio(s) que indique actividad, tiempo efectivo laborado y lugar. Para el Estímulo por Antigüedad deberá especificar funciones administrativas.
- Identificación oficial vigente (visible con fotografía y firma).
- Formato Único de Personal de Licencia y Reanudación y/o Constancia de Nombramiento del Trabajador, (cuando corresponda) o en su caso sí no cuenta con lo antes mencionado, Copia de oficios de Comisión Sindical con goce de sueldo o Comprobantes de Pago respectivos para el personal que corresponda.
- Compatibilidad de empleos (cuando corresponda).
- En atención a la Base Décima Octava de la Convocatoria, en caso de no contar con el 1er. Nombramiento serán válidas Hojas Únicas de Servicio con vigencia de cinco años, y solo en última instancia anexarán la Constancia de Servicios OM-12 siendo responsabilidad única y exclusivamente de quien la firma y sella.
Tiempo estimado de respuesta: 90 días
Observaciones:
- Personal jubilado o que se encuentre en trámite de jubilación, anexar documentos que acreditan tal situación. (Hoja de Servicios ó Fup de Baja debidamente autorizado, o Fup de Licencia Prejubilatoria debidamente autorizada, y Renuncia del trabajador por jubilación con sello de recibido del plantel, o Renuncia por Jubilación y Licencia Prejubilatoria del trabajador con sello de recibido del plantel).
- Para el Estímulo por Antigüedad al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, se deberá acreditar plaza y actividad administrativa únicamente en la SEP.
- Para el premio Nacional de Antigüedad en el Servicio Público, se deberá acreditar que al momento de hacer la solicitud se tenga función y clave administrativa o de mando en la Secretaría de Educación Pública, pudiendo haber laborado anteriormente con clave o función Docente en la misma o en cualquier Dependencia u organismo del Gobierno Federal (Anexar Hojas de Servicio). Que rijan o hubieran regido sus relaciones laborales por el apartado “B” del artículo 123 Constitucional.
- En atención a la Base Décima Octava de la Convocatoria, en caso de No contar con el primer nombramiento, serán válidas las Hojas Únicas de Servicio con vigencia de hasta cinco años.
- Todas las copias deberán venir legibles y debidamente cotejadas por el Director del Plantel y/o el Auxiliar Administrativo de la DGETI en el Estado correspondiente, para oficializar el trámite ante el Órgano Central.
- La no observancia de lo antes mencionado será responsabilidad del Auxiliar Administrativo de la DGETI en el Estado correspondiente y de la Dirección de los planteles de su jurisdicción, en atención a la Base Vigésima Séptima de la Convocatoria.
Datos del contacto:
Coordinación Administrativa/Recursos Humanos/Prestaciones.
Horario de atención: Lunes – Viernes de 9:00 a 17:00 hrs.
Correo electrónico: prestaciones@dgeti.sems.gob.mx
Teléfono:(55) 36 01 10 00 y 36 00 43 50
Extensión: 60705
Son aquellas prestaciones a las que el Personal Docente y de Apoyo y Asistencia a la Educación adscritos a la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios, son merecedores y mediante solicitud del interesado, se tramitan por Constancia de Nombramiento para su autorización y pago.
Glosario:
- CN: Constancia de Nombramiento.
- Concepto (43) Servicio de Guardería: Consiste en proporcionar un apoyo económico para el pago de servicio de guardería particular, cuando no se haya encontrado lugar en los centros de desarrollo infantil de sostenimiento oficial al que se tenga acceso.
- Concepto (62) Pago por Renuncia: Se otorga a los trabajadores con motivo de presentar su renuncia al total de las plazas que ostentaban en el subsistema.
- Concepto (63) Gratificación por Jubilación: Es la compensación adicional que se otorga al trabajador con motivo de su pensión por jubilación, de retiro por edad y tiempo de servicios, cesantía en edad avanzada o defunción.
- Concepto (64) Pago por Incapacidad Permanente: Consiste en otorgar una ayuda económica a quien sufra un riesgo no profesional, independientemente de las prestaciones que por este motivo le correspondan conforme a la ley del ISSSTE.
- Concepto (68) Estímulo de Antigüedad: Es la prestación que se otorga al personal por el tiempo efectivo de servicios prestados en el subsistema.
- Concepto (70) Canastilla Maternal: Es una ayuda económica que se otorga a las madres trabajadoras por el nacimiento de su hijo.
- Concepto (08) Corrección de Datos Personales y de Antigüedad: Se aplica en los casos que exista error en los datos personales (Nombre, RFC, CURP y Antigüedad). En talón de pago.
Requisitos:
Cualquiera de estos trámites se inicia en el Centro de Trabajo.
Canastilla maternal:
- Solicitud por escrito de la trabajadora.
- Ultimo talón de pago.
- Licencia por gravidez emitida por el ISSSTE.
- Acta de nacimiento por cada hijo.
- Constancia de servicios en el formato establecido.
- Compatibilidad de empleos (en caso de tener dos o más empleos).
Pago por renuncia:
- Solicitud por escrito del interesado ó de los beneficiarios legales (en caso de defunción del trabajador).
- Ultimo talón del pago.
- Copia de la Constancia de Nombramiento de baja autorizada.
- Copia de la renuncia por escrito al total de las plazas que tenía asignado el trabajador en el Subsistema.
- Constancia de servicios en el formato autorizado (indicando fecha de baja, licencias, periodos no laborados en caso de haber disfrutado alguno de ellos).
- Primer nombramiento con efectos ilimitados u Hoja Única de Servicios desglosada año por año (en caso de no contar con el nombramiento o éste se encuentre ilegible).
- Hoja única de Servicios de baja por renuncia o defunción.
- Copia certificada del acta de defunción solo (en caso de defunción del trabajador (a) docente).
- Compatibilidad de empleos (en caso de tener dos o más plazas)
En caso de defunción:
- Anexar hoja de designación de beneficiarios y cesión de derechos ante notario si existen más de un beneficiario.
- Identificación oficial de beneficiario.
- Actas de Nacimiento cuando haya menores de edad.
- Comprobante de parentesco del beneficiario que solicitará el pago de la prestación.
Estímulo por antigüedad:
- Solicitud por escrito del interesado y solicitud de pago u otorgamiento de la prestación.
- Talón de pago donde cumplió los años de servicio.
- Constancia de servicios en formato autorizado.
- Primer nombramiento con efectos ilimitados u Hoja Única de Servicio desglosada año por año (en caso de no contar con el nombramiento, licencias y reanudaciones o éstos se encuentre ilegibles).
- Compatibilidad de empleos debidamente autorizada por la Coordinación Sectorial de Personal (en caso de tener dos o mas empleos).
Gratificación por jubilación:
- Solicitud por escrito del interesado y solicitud de pago u otorgamiento de la prestación.
- Ultimo Talón de pago.
- Copia de la Constancia de Nombramiento de Baja autorizada.
- Copia de la renuncia del interesado con motivo de Pensión del ISSSTE.
- Constancia de Servicios en el formato autorizado (indicando fecha de baja, licencias y periodos no laborados en caso de haber disfrutado algunos de ellos).
- Primer nombramiento con efectos ilimitados u Hoja Única de Servicios desglosada año por año (en caso de no contar con el nombramiento o este se encuentre ilegible).
- Hoja Única de Servicios de baja por jubilación.
- Compatibilidad de empleos autorizada por la Coordinación Sectorial de Personal (en caso de tener dos o más empleos).
Pago por invalidez:
- Solicitud por escrito del interesado y Solicitud de pago u otorgamiento de la prestación.
- Último talón de pago.
- Copia de la Constancia de Nombramiento de Baja autorizada.
- Dictamen médico aprobado emitido por el ISSSTE que certifique la existencia del estado de invalidez.
- Constancia de servicios en el formato autorizado, (indicando fecha de baja, licencias y periodos no laborados en caso de haber disfrutado uno de ellos).
- Primer nombramiento con efectos ilimitados u Hoja Única de Servicios desglosada año por año (en caso de no contar con el nombramiento o éste se encuentre ilegible).
- Hoja Única de Servicios de baja por Invalidez.
- Compatibilidad de empleos autorizada por la Coordinación Sectorial de Personal (en caso de tener dos o más empleos).
Servicio de Guarderia:
- Solicitud por escrito del interesado.
- Último talón(es) de pago.
- Constancia emitida por el titular del plantel que certifique que no existe lugar disponible en por lo menos dos centros de desarrollo infantil, cercanos al domicilio o al propio centro de trabajo de la trabajadora.
- Constancia de servicios en el formato autorizado.
- Acta de nacimiento de cada uno de los hijos.
- Documento que acredite legalmente la inscripción del menor en la guardería particular.
- Recibos de pago mensuales actuales con los requisitos fiscales de la SHCP, así como el sello oficial de la guardería particular y la firma del responsable de la misma.
- En el caso de los padres trabajadores que tengan legalmente la guarda custodia del (os) menor (es), presentar la documentación correspondiente que acredite esta situación.
- Compatibilidad de empleos (en el caso de tener dos o más empleos).
Corrección de datos (Nombre, RFC, CURP y Homoclave):
- Solicitud por escrito del interesado.
- Acta de nacimiento.
- Constancia de servicios ininterrumpidos.
- Copia del último talón de pago y/o nómina.
- Copia de la CURP.
- Constancia de Inscripción en RFC (SAT) para corregir nombre o filiación (en su caso).
- Compatibilidad en caso de tener más de una plaza en antigüedad.
- Historial de claves asignadas desde su ingreso hasta la clave actual.
- Licencias sin goce de sueldo y reanudaciones.
- Hoja de Servicios desglosada por años.
- Constancia de servicios indicando licencias y periodos no laborados.
Tiempo estimado de respuesta: 6 meses
Observaciones:
- Es conveniente que el trabajador entregue lo más pronto posible en su Centro de Trabajo la solicitud de la prestación que solicita, debido a que las prestaciones prescriben al año, conforme lo establece el Manual de Normas para la Administración de los Recursos Humanos.
- Las copias de los documentos soporte del trámite, deberán venir fechadas y cotejadas por la persona facultada para ello.
Datos del contacto:
Coordinación Administrativa/Recursos Humanos/Prestaciones.
Horario de atención: Lunes – Viernes de 9:00 a 17:00 hrs.
Correo electrónico: prestaciones@dgeti.sems.gob.mx
Teléfono:(55) 36 01 10 00 y 36 00 43 50
Extensión: 60705
Es un sistema que se concibe como vía para la promoción horizontal del personal, a partir principalmente del desempeño laboral y de la superación profesional del mejoramiento del servicio mediante la formación, capacitación y actualización obtenida de los programas propios de este Sistema, el cual prevé el reconocimiento a los trabajadores, con el consecuente incremento en sus percepciones salariales y su mejoramiento personal.
Glosario:
- Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación y No Docente del Modelo de Educación Media Superior y Superior (PAAE): Trabajadores que ostentan nombramiento con plaza administrativa y que no desempeña actividades docentes.
- Sistema de Desarrollo Profesional de Carrera (SDPC): Sistema de promoción horizontal para contribuir al desempeño de los trabajadores que pertenecen al PAAE.
- Comisión Mixta Rectora (CMR): Es el órgano rector del SDPC que tiene la atribuición y obligación de respetar y hacer respetar los Lineamientos del SDPC. Se integra por hasta 12 miembros: seis de la S.E.P. y seis del S.N.T.E.
- Comisióm Mixta de Operación (CMO): Son instancias de apoyo para el funcionamiento del SDPC y se integran por representantes acreditados en la S.E.P. y el S.N.T.E. y se instalarán en las áreas centrales y órganos desconcentrados de la S.E.P.
- Comisión Mixta Auxiliar de Operación (CMAO): Se constituyen en cada centro de trabajo Administrativo o Sustantivo y se integran por la Autoridad Máxima del Centro de Trabajo, el Responsable de Recursos Humanos y dos representates sindicales acreditados ante la Sección correspondiente del S.N.T.E.
Requisitos:
- Estar en servicio activo.
- Ostentar plaza administrativa, con nombramiento definitivo (código 10) o provisional códigos 95 o 97 con o sin titular.
- Tener un año mínimo de servicio activo.
- Cumplir con el perfirl del puesto/función que le corresponde.
- Cumplir con la evaluación general que indican los Lineamientos Generales del S.D.P.C.
- Realizar los procesos que señalen las Convocatorias correspondientes.
Tiempo estimado de respuesta: De acuerdo a lo establecido en la Convocatoria del año correspondiente.
Observaciones:
- La Comisión Mixta Rectora, es la única instancia que emite las convocatorias respectivas para el ingreso y promoción al SDPC, así como dar seguimiento al desarrollo del Sistema.
- Las Comisiones Mixtas de Operación, deben acatar y ejecutar los acuerdos de la CMR.
- Las Comisiones Mixtas Auxiliares de Operación, son responsables de orientar, apoyar, controlar y dar seguimiento a los procesos en que participen los trabajadores para su ingreso o promoción en el SDPC, sin atribuirse los derechos y obligaciones de aquellos.
Nota:
Para conocer los detalles del SIDEPAAE, ver Lineamientos Generales del SIDEPAE
Datos del contacto:
Coordinación Administrativa/Recursos Humanos/Capacitación y Difusión.
Horario de atención: Lunes – Viernes de 9:00 a 16:30 hrs.
Correo electrónico: sdpc@dgeti.sems.gob.mx
Teléfono:(55) 36 01 10 00 y 36 00 43 50
Extensión: 60694
El Acuerdo Presidencial 529 es la prestación que otorga el ISSSTE a los trabajadores de la educación que presenten padecimiento pulmonar, siempre y cuando cuenten con un mínimo de seis meses en el servicio.
El Acuerdo Presidencial 754 es la prestación otorgada por instrucción presidencial a los trabajadores de la SEP que hayan cumplido 15 años de servicio docente y que, por enfermedad ajena al trabajo requieran para su recuperación total un periodo de seis meses.
Glosario:
- Licencia por Acuerdo Presidencial 529: Licencia con Goce de Sueldo emitida por el ISSSTE al personal con enfermedad pulmonar.
- Licencia por Acuerdo Presidencial 754: Licencia con Goce de Sueldo emitida por el ISSSTE al personal que se encuentre inhabilitado físicamente.
Requisitos (este trámite se realiza en el Centro de Trabajo):
- Dictamen Médico del ISSSTE. Se requiere en original y copia.
- Constancia de años de servicio, con vigencia no mayor a 30 días presentándose en original y copia.
- Ultimo talón de pago, vigencia no mayor a 15 días, se requiere en original y copia.
- En caso de prórroga anexar copia del soporte de la primera solicitud.
Tiempo estimado de respuesta: 60 días
Observaciones:
- Es conveniente que el trabajador notifique a su jefe inmediato en su Centro de Trabajo el estado de su salud, para que se de inicio al trámite formal de la licencia correspondiente.
- El responsable del Centro de Trabajo al que se encuentra adscrito el trabajador interesado, turnará la solicitud de licencia al Auxiliar Administrativo de la DGETI en el Estado correspondiente, para oficializar el trámite ante el Órgano Central.
- El responsable del Centro de Trabajo deberá autorizar la liberación del trabajador de sus actividades con la presentación del Dictamen Médico emitido por el ISSSTE.
Datos del contacto:
Coordinación Administrativa/Recursos Humanos/Prestaciones.
Horario de atención: Lunes – Viernes de 9:00 a 17:00 hrs.
Correo electrónico: prestaciones@dgeti.sems.gob.mx
Teléfono:(55) 36 01 10 00 y 36 00 43 50
Extensión: 60705






